Reglamento Interno de Evaluación y Promoción Escolar Año 2022 – Descargable
Título 1:
El presente reglamento establece las normas sobre evaluación, calificación y promoción de los estudiantes que cursan los niveles de Educación Parvularia, Básica y Media de colegio particular Costa
College RBD 12646-2 ubicado en José Francisco Vergara n° 3285, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 67 de 2018 del Ministerio de Educación y las orientaciones dadas en la unidad de currículum y evaluación del Ministerio de Educación.
La Comunidad Educativa contempla para la elaboración del Reglamento Interno de Evaluación lo siguiente:
● El Proyecto Educativo Institucional de Costa College.
● Normativas Curriculares Vigentes, las cuales se señalan a continuación:
EDUCACIÓN PARVULARIA:
Nivel de Transición I y II: Bases Curriculares Decreto 481/2018
1° a 6° BÁSICO
7° y 8° BÁSICO
1° y 2° MEDIO
3° MEDIO
Título I: EVALUACIÓN
1.- El régimen de evaluación de Costa College será semestral, con un 60 % el Nivel de exigencia.
Al finalizar cada semestre, se entregará el informe de notas semestrales y el Informe de Personalidad al apoderado de manera presencial u online.
Para efecto del presente reglamento se entenderá por:
a) Reglamento: Instrumento mediante el cual, se establecen los procedimientos de carácter objetivo y
transparente para la evaluación, calificación y promoción, según decreto 67 de 2018 de MINEDUC.
b) Evaluación: Conjunto de acciones y mediciones lideradas por los profesionales de la educación para que, tanto ellos como los estudiantes, puedan obtener e interpretar la información, sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza.
La evaluación se concibe como el proceso que constituye una articulación consistente y coherente entre
los objetivos, contenidos y estrategias curriculares. Se enmarca en la actividad de los estudiantes, sus características y conocimientos previos y los contextos donde esta actividad ocurre. Centra el trabajo pedagógico en el aprendizaje y desarrollo de habilidades, considerando como una oportunidad la implementación de estrategias pedagógicas diferenciadas, adaptadas a los distintos ritmos, estilos de aprendizaje y capitales culturales de un estudiantado heterogéneo. Implica favorecer prácticas pedagógicas centradas en actividades de exploración, de búsqueda de información, de construcción y
comunicación de nuevos conocimientos por parte de las y los estudiantes, tanto de forma individual como de forma colaborativa.
Por lo tanto, el concepto de evaluación, se considera como la instancia de recolección de información del proceso de aprendizaje en que se encuentra el estudiante. Esta herramienta, permite a los docentes, la toma de decisiones apropiadas en tiempo y forma, siendo éste un proceso constante, sistemático y periódico.
c) Calificación: Representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de evaluación, que permite transmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje mediante un número. Cuando las evaluaciones aplicadas a los estudiantes se expresen en una calificación; los docentes deben utilizar una escala numérica de 2.0 a 7.0, hasta con un decimal. Para la aprobación de la evaluación, se considerará como nota mínima 4,0 (cuatro, cero) utilizando como porcentaje requerido mínimo de aprobación un 60%.
d) Curso: Etapa de un ciclo que compone un nivel, modalidad, formación general común o diferenciada
y especialidad si corresponde, del proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla durante una jornada en un año escolar determinado, mediante los Planes y Programas previamente aprobados por el Ministerio de Educación.
e) Promoción: Acción mediante la cual el estudiante culmina favorablemente un curso, transitando al
curso inmediatamente superior o egresando del nivel de educación media.
DE LA EVALUACIÓN:
1-. Según el artículo 5 de Decreto n°67, Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura
o módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas o
módulos que dicho plan contempla. El establecimiento implementará las diversificaciones pertinentes
para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las asignaturas o módulos en caso
de los alumnos que así lo requieran y haya sido notificado al establecimiento mediante informe emitido
por especialista externo que certifique la necesidad de adecuación entregando directrices claras y
concretas a seguir.
2-. El proceso de evaluación, como parte intrínseca de la enseñanza, podrá usarse formativa o
sumativamente. Tendrá un uso formativo en la medida que se integra a la enseñanza para monitorear y
acompañar el aprendizaje de los estudiantes; es decir, cuando la evidencia del desempeño de éstos se
obtiene, interpreta y usa por profesionales de la educación y por los alumnos para tomar decisiones
acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. La evaluación sumativa, tiene
por objetivo certificar mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los estudiantes.
5-. En el desarrollo de las Unidades de Aprendizaje, los alumnos podrán participar de instancias coevaluativas o auto-evaluativas; del tipo formativo, orientadas a la evaluación auténtica. El profesor
podrá ponderar estas evaluaciones y darles una correspondencia en sólo una calificación sumativa parcial por período (semestre) .
6 El profesor deberá comunicar a los estudiantes, padres, madres y apoderados las diferentes formas
de evaluación y Criterios de evaluación.
Se entiende como FORMAS DE EVALUACIÓN los distintos instrumentos que se utilizarán con la finalidad
de poder recoger la información que permita identificar proceso, progreso y logro del aprendizaje de
nuestros estudiantes; con el fin de guiar el proceso educativo de una mejor manera
El nivel de exigencia para la obtención de la calificación mínima 4,0 (cuatro) será de un 60% tanto para
el ciclo básico como para la enseñanza media, en relación con el puntaje real de la evaluación. La nota
mínima de cada evaluación será de 2,0. La calificación final anual de cada asignatura deberá expresarse
en una escala numérica de 2,0 a 7,0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación
de un 4,0.
En relación con la comunicación y comprensión de los criterios de evaluación, las evaluaciones sumativas
y formativas serán avisadas a través de calendario enviado a nuestros apoderados vía correo electrónico.
Durante cada semestre, los conceptos obtenidos de las evaluaciones formativas se convertirán en una
evaluación sumativa (calificación = nota) en cada asignatura; de acuerdo a las ponderaciones que cada
docente le asigne a las evaluaciones de su asignatura.
El logro de los aprendizajes, en las evaluaciones formativas, tendrá un nivel de exigencia mínimo de un 60% para el concepto Elemental.
C) En relación a la Evaluación, Calificación y Promoción de Educación Básica y Media .
Para la Promoción Escolar de los estudiantes de 1° Básico a 3° Medio, se considerarán las evaluaciones
obtenidas en ambos semestres del presente año. En este proceso es importante tener claridad en lo siguiente:
Título III: De las Evaluaciones Diferenciadas
Nuestro establecimiento no cuenta con Proyecto de Integración, por lo cual no cuenta con un equipo
multidisciplinario que pueda atender a los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales. No
obstante lo anterior, nuestro equipo docente apoyado por nuestra psicopedagoga y orientadora trabajan
colaborativamente en la labor educativa.
Definimos a un estudiante con Necesidades Educativas Especiales (NEE) como aquél o aquélla que por
sus condiciones personales de tipo motor, cognitivo y/o emocional, tiene dificultades o es incapaz de
lograr los objetivos de aprendizaje bajo las condiciones pedagógicas que se planifican y desarrollan
comúnmente para todos los alumnos y alumnas de su curso.
Se entiende por Evaluación Diferenciada el procedimiento que considera, respeta y asume al estudiante
con necesidades especiales (NEE) desde su realidad individual, adaptando modalidades de evaluación
aplicadas al grupo curso, con el fin de lograr una eficaz evaluación de ese estudiante, a partir de la
particularidad de su déficit o condición.
Es responsabilidad de los padres, informar y aportar antecedentes de especialista cuyo diagnóstico es
requerido por el Colegio, de su hijo o pupilo que permitan identificarlo con NEE. Además, también es de
su responsabilidad asumir la situación y colaborar con el Colegio en el desarrollo de estrategias de
integración escolar.
Para la conformación de evaluaciones adecuadas, y como requisito primario, el Apoderado presentará
una solicitud pertinente antes del 30 de Abril de cada año, acompañada del diagnóstico especializado y
todos los antecedentes conocidos hasta el momento. El Informe especializado debe contener:
diagnóstico, programa de tratamiento (incluyendo las fechas de control) y sugerencias al establecimiento
educacional.
Es responsabilidad del apoderado buscar instancias de especialistas externos para diagnóstico y
tratamiento del estudiante; además, mantener el tratamiento indicado por los especialistas e informar
periódicamente de los estados de avance del mismo (dos veces por semestre como mínimo).
La Evaluación Diferenciada durará el año lectivo solicitado y no tiene efecto retroactivo desde su
otorgamiento.
La existencia de Evaluación Diferenciada no altera la aplicación del Reglamento de Evaluación,
Promoción y de Normas de Convivencia Escolar del Colegio y en ningún caso exime a los estudiantes
de asistir regularmente a clases.
La Evaluación Diferenciada otorgada a un estudiante, podría revocarse por alguna de las siguientes
causales:
a) Suspensión de los tratamientos externos cuando no corresponda.
b) No presentación de informes de avances o de asistencia a los tratamientos cuando se
requieran.
La situación de evaluación diferenciada se revisará semestralmente en base a un nuevo informe del
profesional tratante, para determinar la mantención, modificación o suspensión de ésta. La mantención
de esta situación estará sujeta a la continuidad, sistematicidad del apoyo profesional externo requerido y
a la entrega oportuna de los informes correspondientes.
Coordinación Académica en conjunto con el equipo de apoyo, podrá considerar y evaluar los
antecedentes entregados.
En caso de presentarse situaciones emergentes o circunstanciales durante el año escolar, se realizará
la evaluación diferenciada estipulada por el colegio, a contar de la fecha de presentación de la solicitud,
siempre que cuente con los respectivos antecedentes debidamente acreditados y sea presentado hasta
el mes de septiembre; a contar del mes de octubre NO se incorporarán más estudiantes para evaluación
diferenciada.
La evaluación se aplicará exclusivamente durante el año lectivo en curso; por lo tanto, para el año siguiente los apoderados deben presentar un informe actualizado.
Si el alumno o alumna no tiene un diagnóstico del especialista pertinente, que es de responsabilidad de
los padres, no podrá optar a una evaluación diferenciada.
Título V
De las formas de evaluación
a) Evaluación Formativa Inicial: